REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 09 de julio 2026
Años 215° Y 166°
EDICTO
SE HACE SABER
A todas aquellas personas que pudieren tener interés subjetivo, actual directo y manifiesto que con motivo del juicio por Acción Mero Declarativa de Concubinato incoado por la ciudadana ciudadana EDITH COROMOTO PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.906.021, en contra de los ciudadanos HENRY DIOSMEDIS SÁNCHEZ PARRA, ERICK JAVIER SÁNCHEZ PARRA, DIONNY ENRIQUE SÁNCHEZ PARRA Y DANIELA NAHOMI SÁNCHEZ PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-16.614 320, V-22.828.630, V- 19.904.870 y v- 27.958.208, en ese orden, el cual fue declarado CON LUGAR la demanda, declarando la existencia de la unión estable de hechos entre los ciudadano mencionado, desde el día 18-10-1982 al 11-03-2025, ambas fechas inclusive, y en cumplimiento al ordinal segundo del artículo 507 del Código Civil, se ordenó la publicación de un extracto del referido fallo el cual es del tenor siguiente
“(…) PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Acción Mero declarativa de la existencia de la unión concubinaria incoada por la ciudadana EDITH COROMOTO PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.906.021, contra de lo ciudadanos HENRY DIOSMEDIS SÁNCHEZ PARRA, ERICK JAVIER SÁNCHEZ PARRA, DIONNY ENRIQUE SANCHEZ PARRA Y DANIELA NAHOMI SANCHEZ PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V. 16.614.320, V-22.828.630, V- 19.904.870 y v- 27.958.208, en ese orden, declarando la existencia de la Unión Concubinaria ente la ciudadana EDITH COROMOTO y el de cujus ROQUE DIOMEDIS PARRAS, desde el 18-10-1982, inclusive, hasta el 11-03-2025, inclusive.
La publicación del presente edicto se hará en el diario «Diario Nueva Prensa de Guayana de esta Ciudad.
EL JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA
LA SECRETARIA
MARLIS TALY LEON
Exp. FH18-V-2025-25 (22.091)
WBM/mtl/mjsf
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