REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, 19 DE OCTUBRE DEL 2026
AÑOS: 216º Y 167º
CARTEL DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano CESAR LEONARDO MARTINEZ DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.V-16.163.192, con el carácter de presidente de la Sociedad Mercantil REYCER QUARTZ, C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Bolívar en fecha 16 de enero del 2001, bajo el Nro. 43, tomo a, Nro. 1, RIF J-095080061-7, parte demandada en la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, según expediente signado bajo el Nro. FP11-V-2026-000572 (nomenclatura Interna), incoado en su contra por la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA MESIANO. C.A con registro de Información fiscal (RIF) J-50370411-0, domiciliada en la calle Caura con Cuchivero, Centro Comercial Alta Vista, Nivel 1, Local 74, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en fecha 27 de abril de 2023, bajo el No. 16. Tomo 187-A REGMERPRIBO, en su condición de mandataria de la Sociedad Mercantil MACRO CENTRO ALTA VISTA, C.A., con registro de información fiscal J-30054545-8, domiciliada en la Calle Nekuima con calle Cuchivero, Centro Comercial Ciudad Alta Vista, Nivel 1. Local 74 de la ciudad de Puerto Ordaz, estado Bolívar e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, en fecha 19 de agosto de 1992, bajo el No. 1, Tomo A-150, este Tribunal ordenó su citación mediante auto de esta misma fecha, que debe comparecer a darse por citado ante este despacho Judicial en el horario comprendido de 8.30 am. a 3.30 pm, dentro de los Quince (15) Días Continuos siguientes a la publicación, fijación y consignación que de dicho cartel se haga en el presente expediente, con la advertencia que si no comparece en el lapso antes indicado se le designara Defensor Judicial con quien se entenderá la citación y demás diligencias del proceso hasta su terminación, Asimismo, se le hace saber que el presente cartel será publicado en los diarios de circulación regional “Nueva Prensa” y “Correo del Caroní”. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ
NAYRA ELENA SILVA GARCIA
Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Constitucional Mercantil, Transito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
NESG/JAAR/CMF
Asunto Nuevo: Nº:FP11-V-2026-000572
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