REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación, Sustanciación Y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, doce (12) de agosto de dos mil veintiséis (2026)
Años: 216° y 167°
ASUNTO PRINCIPAL :FP11-J-2026-001228
ASUNTO :FP11-J-2026-001228
CARTEL UNICO DE NOTIFICACION
Se le hace saber:
Que con motivo de la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana por la ciudadana KELI LAURA ESPINOZA CAMPOS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.500.930, representante legal del niño (identidad omitida en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por ante este Tribunal se ha acordado la Publicación del presente CARTEL conforme al Artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordenó su notificación a fin de informarle que una vez conste en autos la publicación del presente acto de comunicación, comenzará a computarse el lapso de diez (10) días hábiles de despacho a fin de que comparezca por ante este tribunal, toda persona que tenga interés en la presente causa. Vencido el lapso antes descrito, el secretario del tribunal procederá a dejar constancia del vencimiento del mismo y la verificación del cumplimiento de las formalidades de ley.-
El presente cartel deberá ser publicado en un diario de circulación nacional y/o local, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 516 en concordancia con el artículo 461 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG EDUARDO JR. ÁVILA
Juez Provisorio del Tribunal Cuarto
De Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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