REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de Estado Bolivar Sede Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026)
Años: 215° y 166°
ASUNTO PRINCIPAL FP11-V-2026-000028
ASUNTO FP11-V-2026-000028
EDICTO
Se hace saber a todas las personas que tengan o pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, que este Tribunal admitió la demanda por ACCION MERO DECLARATIVA (CONCUBINATO), en esta misma fecha incoada por la ciudadana ADALYS MARIA ALFONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-12. 653.225 debidamente asistida por la abogada en ejercicio YULI NOEMI TOVAR CENTENO, inscritos en el IPSA bajo el № 330.801, respectivamente, a contra de la Adolescente (identidad emitidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por ende, los interesados deberán comparecer por ente este órgano Jurisdiccional ubicado en Palacio de Justicia, nivel sótano, Alta Vista, Carrera Тосomа con avenida Guayana, Puerto Ordaz, Estado Bolivar, con el objeto que dentro de los diez (10) dias de despacho siguientes a la constancia hecha en autos de la secretaria de haber cumplido con la ultima formalidad indicada en el auto de admisión, se hagan parte en el juicio o manifiesten lo que ha bien tengan sobre el procedimiento
El presente edicto deberá ser publicado por una sola vez en un diario de circulación nacional y/o regional de conformidad con el articule 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en proporción adecuada para su fácil lectura
ABG PERLA CALOJERO MUNOZ
Juez Provisoria del Tribunal Primero de Primera
Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
ABG.SARANY DONQUIZ
Secretaria del Circuito
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