EDICTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario, y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 25 de febrero del 2026
215° 166°
ASUNTO FP02-S-2026-00357
SE HACE SABER
A todas aquellas personas que tengas interés directo y manifiesto en el procedimiento de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana MARLENY MALAVE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-12.531.696, abogada en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el № 77.933, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MARGOT VICENTINI BENEDITTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-4.679.046, el Tribunal admitió por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley conforme a lo dispuesto en el articulo 668 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia y de conformidad con e articule 770 del ejusdem se ordena la publicación de un edicto en un diario de circulación nacional, para que en un lapso de Diez (10) días después de publicado y consignado el mismo comparezcan las personas que pudieran verse afectadas en lo referente a la solicitud de Rectificación de Acta de matrimonio presentada por la ciudadana arriba identificada, la cual corresponde al acta de matrimonio civil de los ciudadanos LUIS VICENTINI y MARGARITA RODRIGUEZ GRUBER. Planteándose en el presente procedimiento que se suscitaron los siguientes errores Involuntarios: PRIMERO :se omitió el segundo nombre y segundo apellido del contrayente, asentándose como «LUIS VICENTINI«, siendo lo correcto «LUIS ENRIQUE VICENTINI DULAC” SEGUNDO: se omitio el segundo nombre y segundo apellido materno del padre del contrayente, quedando asentado como «CESAR VICENTINI«, siendo lo correcto CESAR ALEJANDRO VICENTINI ECHEVERRIA” TERCERO: se asento de forma errónea el nombre de la madre del contrayente, por error se escribió “ADA DULAC«, siendo lo correcto» ADELA CELZA DULAC, tal como se evidencia en los anexos consignados por el solicitante contentivos de copia certificada de acta de matrimonio civil correspondiente a los ciudadanos LUIS ENRIQUE VICENTINI DULAC y MARGARITA RODRIGUEZ GRUBER emitida por la oficina de registro civil del municipio angostura del Orinoco del estado bolívar, de fecha 09 de diciembre del 2025 asentada en los libros del año 1917, libro 1, tomo 1, acta N° 01, folios del 1 al 04. Copia certificada de acta de matrimonio civil correspondiente a los ciudadanos LUIS ENRIQUE VICENTINI DULAC y MARGARITA RODRIGUEZ GRUBER emitida por la oficina el Registro principal del estado bolívar, asentada en los libros de matrimonio duplicado de fecha 09 de diciembre del 2025 asentada en los libros del año 1917 libro 1, tomo 1, acta N° 01del folios del 1 al 4 Copia certificada de acta de nacimiento del ciudadano LUIS ENRIQUE VICENTINI DULAC asentada en los libros de nacimiento duplicado N° 01, llevados por la oficina de registro principal del estado bolívar, durante el año 1893, bajo el acta N° 418, folio 180, Certificado de Bautismo del ciudadano CESAR ALEJANDRO VICENTINI ECHEVERRIA, emitido por la Arquidiócesis de Ciudad Bolívar, Certificado de Bautismo de la ciudadana ADELA CELZA DULAC, emitido por la Arquidiócesis de Ciudad Bolívar, marcado con la letra; Copia de partida de nacimiento de la ciudadana MARGOT VICENTINI BENEDETTI, marcados como «B, C, D, E,F,Y,G” respectivamente y que acompañan a la presente solicitud.
Publicación que se ordena a los fines legales consiguientes.-
LA JUEZ
ALIDA CAMPOS ARIAS
LA SECRETARIA
ROSEMARY ORTA
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