
El Banco Central de Venezuela (BCV) incrementó severamente los costos para las instituciones bancarias que incurran en déficit de encaje legal. La autoridad monetaria fijó la tasa de interés base anual de recargo en 144 puntos porcentuales adicionales a la tasa aplicada en sus operaciones ordinarias de descuento, redescuento y anticipo, lo que representa un aumento del 195 % respecto a la penalización previa de 48,8 puntos.
El ente emisor mantuvo los recargos escalonados por reincidencia. Se aplicarán dos puntos porcentuales adicionales si la entidad registra déficit de encaje entre tres y siete jornadas hábiles en un período de 30 días continuos. Si el incumplimiento se repite ocho veces en el mismo lapso, la sanción se elevará en cuatro puntos adicionales.
Esquema diferenciado según el tipo de depósito
El coeficiente general de encaje legal se mantiene en 73 % para las obligaciones netas por depósitos a la vista y de ahorro. Sin embargo, la resolución introdujo un encaje base reducido del 50 % para las captaciones a plazo en moneda nacional.
En cuanto a las operaciones en moneda extranjera, el encaje mínimo exigido se conserva en 31 %, mientras que las instituciones autorizadas para operar en el mercado monetario deberán mantener una reserva del 73 % sobre el saldo de sus inversiones cedidas.
Condiciones especiales para la banca microfinanciera
El organismo aprobó un régimen de encaje diferenciado para la banca microfinanciera, sujeto a que el índice de intermediación crediticia del sector alcance un mínimo del 50 % sobre su balance de publicación.
Bajo este esquema, las entidades microfinancieras deberán cumplir con un encaje legal del 40 % sobre sus captaciones a la vista y de ahorro. En el caso de las obligaciones a plazo e inversiones cedidas, el requerimiento disminuye al 27 %. Por su parte, el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes) continúa exento de la obligación de constituir encaje.
Actualización del tarifario bancario nacional
Mediante un Aviso Oficial publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 7.073, con fecha 11 de septiembre, el BCV actualizó las comisiones, tarifas y recargos aplicables al sistema financiero nacional a partir de este martes 15.
Entre las modificaciones respecto a la normativa de julio destacan:
Cuentas corrientes remuneradas (personas naturales): La cuota mensual por mantenimiento pasa de 0,10 a 684 bolívares.
Cuentas corrientes remuneradas (personas jurídicas): El mantenimiento mensual se ajusta de 54 a 6.839 bolívares.
Pago a proveedores: La comisión por abono en cuenta mediante la cámara de compensación electrónica se fija en 0,40 % sobre el monto total de la operación.
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