Caracas. El Consejo de Honor del fútbol venezolano, decidió en relación con las incidencias irregulares del partido del pasado domingo 28 de julio, entre los clubes CARACAS F.C. y A.C. LARA, del estadio Olímpico caraqueño, de la jornada 1 del Torneo Clausura 2019 de la primera división, con la adjudicación del triunfo al bando larense (3 x 0), motivado a esos mismos hechos y con fundamento en la normativa vigente.

Carlos Terán, presidente del Consejo de Honor, junto con los miembros Domingo González Yánez y Claudio Lombardini más la secretaria ejecutiva Amarilis Belisario, vistos y analizados los informes arbitrales y del delegado de campo, basaron su argumentación en lo siguiente:

“…personas identificados notoriamente como seguidores del equipo CARACAS F.C., de manera irregular e indisciplinada, eminentemente antideportiva, invadieron las inmediaciones del terreno de juego, suscitándose enfrentamientos entre este grupo de personas con los agentes de la fuerza pública, lanzamientos de objetos contundentes, dichos agentes repelieron las acciones con gases lacrimógenos, sin lograr neutralizar o controlar dichos hechos irregulares, originándose un desorden e incertidumbre en las dependencias internas del Estadio “Olímpico” y en el terreno de juego, resultando insuficiente e ineficaz la intervención de las fuerza pública presente  en el sitio de los acontecimientos. Circunstancias por las cuales los árbitros esperado el tiempo reglamentario, luego de transcurrido cuarenta y cinco (45’) minutos persistía tal situación, determinaron que no se cumplían las condiciones mínimas de seguridad para jugar, como autoridades del encuentro decidieron suspender definitivamente. En virtud que la presentación del equipo local, debe hacerse en las condiciones competitivas exigidas en las Normas Reguladoras Primera División Temporada 2019, específicamente la presentación de la garantía de seguridad (como mínimo veinticinco agentes de la fuerza pública), obligación establecida en sus artículos 83, 84, 85 y 86; habida consideración que el cuarteto arbitral pasado el tiempo reglamentario, conforme a lo dispuesto en al artículo 87 ejusdem determinó insuficientes las garantías de seguridad a los efectos de la celebración del encuentro, decidieron suspender definitivamente el partido por falta de seguridad…”.

Luego de otras argumentaciones, pasó a decidir, conforme a lo siguiente:

“…RESUELVE: PRIMERO: Sancionar al equipo CARACAS F.C., con la pérdida del encuentro con marcador 3 x 0, a favor del equipo A.C. LARA, sin  adjudicación de goles a ningún jugador, de conformidad  con lo previsto en los artículos 124 numeral 1 del Reglamento Disciplinario de la Federación Venezolana de Fútbol, en concordancia con los artículos 131 ejusdem y 87 de las prenombradas Normas…”

Redacción SNPD

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