Trabajadores que se quedaron sin empleo por el embargo de Fospuca

Este miércoles 26 de marzo, de forma intimidatoria y violatoria de las normas y procedimientos de Ley, el Juzgado segundo civil de Ciudad Guayana  bajo la dirección del Dr. Bassan Souky, como apoderado de la empresa Fospuca, procedió a embargar una grúa telescópica y otros equipos a la empresa Desarrollos 266 CA, a pesar que se alegó que la grúa no pertenece a la empresa, todo ello con presencia policial.

La acción que fue la segunda parte de la medida de intimación que se inició la semana pasada por parte del tribunal, que busca según el apoderado de Desarrollos 266 CA, el Dr. Carlos Pécora amedrentar a los empresarios de Guayana con la amenaza de medidas que violan el derecho y muestran un ejercicio abusivo del poder.

Destrozaron grúa alquilada y desconocieron derechos de otra empresa

La acción se dio en horas de la mañana cuando la juez del segundo civil se presentó con policía, obreros y todo para proceder al embargo.    Llegando a desarmar una grúa telescópica, según los abogados sin el cuidado suficiente, lo que significa que dañaron el equipo, sin parar en los alegatos de que el mismo no pertenecía a Desarrollados 266 CA, sino que era un equipo alquilado para el desarrollo de la obra.

En el sitio estuvo el abogado Wolfang Thomas, en representación de la empresa propietaria de la grúa telescópica, mostrando los documentos que prueban que la grúa era de otra empresa, pero la juez hizo caso omiso a este argumento legal procediendo a desarmar el equipo, según Pécora de mala manera y sin seguir los procedimientos técnicos, por lo que considera que “desgraciaron el equipo” y causaron daño patrimonial a otra empresa en su simple afán de amedrentar a los guayaneses con las acciones judiciales de Fospuca que buscan sembrar terror para obligar a todos negociar acuerdos con la empresa de aseo por cobros totalmente inadecuados y fuera de orden.

Negativa a negociar 

Carlos Pécora, abogado de la empresa afectada por la medida, señaló que esta acción de fuerza se da al margen del derecho, pues desde el principio dejó claro primero que el desarrollo está registrado en la alcaldía como habitacional, pues nunca se ha aprobado el cambio que quieren hacer de una de las dos torres a hotel, lo que significa que les están cobrando un servicio comercial que no es tal para el momento.  

A esto suma que nunca han recogido ni un papel en el sitio, además de que por Ley las empresas de aseo no colectan desechos de construcción.  Igualmente recordó que antes de la medida de la semana pasada se impuso de la acción intimatoria en el tribunal por lo que debería haberse realizado todo en el mismo tribunal sin la necesidad de proceder con el embargo.  

Incluso cuando llegaron a embargar ofreció en garantía dos apartamentos del desarrollo valorados en unos 100 mil dólares que el abogado Souky se negó a aceptar,  pues lo que quieren es embargar, mostrando uso de la fuerza y poder, para ejercer públicamente una medida que genere temor en los comerciantes y empresarios locales, buscando obligarles a firmar acuerdos con Fospuca, bajo una estructura de miedo al poder.

Según Pécora ese terror psiocólogico se cimenta en un accionar donde los tribunales le dan admisión al procedimiento breve intimación que presente el abogado Bassan Souky en lo que consideró una simulación de acto punible, desconociendo los argumentos y documentación de cualquier otra parte, en una muestra uso privilegiado del poder judicial.

Comentó además que luego de arrancar causas, el mismo abogado Souky desiste de la causa de embargo,  luego de que obligó a los empresarios y comerciantes a firmar un acuerdo con Fospuca, en la mejor muestra del uso  indebido del poder judicial.

El resultado de la acción  fue una grúa de otra empresa desarmada, una obra parada y un grupo de 22 trabajadores que se quedan cesantes por la paralización de la obra, porque  Fospuca pretende cobrar por un servicio de aseo que ni siquiera ha prestado, con unas facturas pro forma no seniatizadas ni aceptadas por los deudores y al margen de la acción judicial.   (CNP 8235)

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