En los últimos meses de 2022, gremios venezolanos iniciaron una serie de manifestaciones a lo largo del país para exigir la eliminación del instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), donde -de acuerdo a denuncias- se reflejaron rebajas en la base de las tablas salariales y reducción de los porcentajes de primas por profesionalización y antigüedad.

Luego de la presión en las calles: ola de protestas y quejas contra la normativa de nombre oficial «Instructivo de Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas», el Estado retrocedió en algunos de los puntos planteados, en un inicio, y comenzó a catalogar el texto como «inexistente».

Sin embargo, tal como afirmó en un artículo de prensa «Acceso a la Justicia», asociación civil que monitorea la administración de justicia y el Estado de derecho en Venezuela: «hay evidencia clara sobre su existencia, e incluso testimonios de diputados oficialistas defendiéndolo».

Las denuncias de los empleados públicos no se han detenido, pese al aumento anunciado por el Ejecutivo en marzo de 2022, sobre el cual opinaron que, aunque hubo incremento salarial, cobran menos.

Demandas y fallos

Malaquías Gil Rodríguez, magistrado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró el sábado 3 de septiembre «inadmisibles» dos recursos de nulidad introducidos por las universidades venezolanas en el mes de julio contra el instructivo Onapre, por considerarlo, de nuevo, «inexistente».

Pero no solo se rechazaron las dos demandas, una interpuesta en conjunto por la Universidad Central de Venezuela (UCV), la Universidad de Carabobo, la Universidad de Oriente, la Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (UNEXPO) y la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL); la otra, por la Universidad de Los Andes; sino que además les fueron impuestas multas.

«Se impone multa a cada una de las accionantes y a sus representantes en el presente asunto, por cincuenta (50) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela», se documentó en el fallo, lo cual representa, al menos, Bs. 395,50 c/u.

Cabe aclarar que las sentencias, publicadas bajo número 00446 y 00447, presentaron fecha del 11 de agosto, aunque se hicieron públicas el 3 de septiembre.

Con estos, se contabilizan tres recursos desestimados contra el instructivo, dictado en marzo por la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), que contenía el aún cuestionado Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas.

Un primer fallo fue revelado el 24 de agosto, fecha en que el TSJ declaró como «inadmisible» la demanda de nulidad solicitada por los jubilados del Ministerio Público, bajo un mismo argumento: es «inexistente».

La Sala también impuso multas a cada uno de ellos, y a su abogada, con «50 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV)», lo cual representaba, para la fecha cuando se anunció (31 de agosto), Bs. 391,00 c/u; en total Bs. 8.211,00, unos US $1.050.

Se detalló que los accionantes no presentaron el documento impugnado (causal de inadmisibilidad de un recurso de nulidad), por lo que, para el máximo juzgado, no consta que haya sido dictado por la Onapre, según los requisitos previstos en la ley, de modo que no se puede «anular lo que no existe».

«Fantasía»

La abogada Laura Louza, directora de «Acceso a la Justicia», cuestionó las recientes decisiones a través de su cuenta en la red social Twitter: «Si el acto no existe, entonces la pregunta es ¿sobre qué base legal el Ejecutivo Nacional rebajó los ingresos de los empleados públicos? (…) Lo más grave es que esa actuación de hecho viola convenciones colectivas y la propia Constitución, entre otras razones, por desmejorar la situación de los empleados públicos».

 

En acuerdo, Alí Daniels, también representante de «Acceso a la Justicia», comentaba en un reportaje de Correo del Caroní: «si todos tuvimos un “ataque de fantasía” y el instructivo no existe, eso no es mejor: es peor. Eso quiere decir que las violaciones al derecho laboral se han hecho sin ninguna base normativa».

 

Enner Agreda Fajardo (pasante)

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