Archivo. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni

La Justicia argentina resolvió este lunes hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), principal central obrera del país, y suspender de forma provisional la aplicación de 82 de los 218 artículos de la Ley de Modernización Laboral impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei y aprobada por el Congreso el 27 de febrero pasado.

El juez laboral Raúl Ojeda consideró que existen “indicios de regresividad en materia laboral, afectación de principios constitucionales y riesgo de daños irreparables”, razón por la que ordenó la suspensión provisoria de normas que introducen cambios sustanciales al régimen laboral argentino.

Entre los artículos afectados se encuentran aquellos que limitan el derecho a huelga al establecer controles sobre la realización de asambleas, habilitan sanciones contra conductas de los sindicatos y prevén incluso la eliminación de la personería jurídica de las organizaciones gremiales, entre otros puntos de la norma.

También quedan sin efecto de momento disposiciones que afectan el derecho de negociación colectiva, modifican los períodos de prueba, alteran la forma de computar la antigüedad y cambian el régimen de indemnizaciones por despido.

El fallo deja temporalmente sin aplicación la derogación de la ley de teletrabajo, así como los artículos que reducen la responsabilidad de las empresas que recurren a la mano de obra tercerizada y que califican como “prestadores independientes” a los trabajadores de plataformas tecnológicas.

Legitimidad de la demanda

La CGT denunció que la reforma instaura “modificaciones peyorativas y permanentes” que vulneran derechos constitucionales, la protección frente al despido y la libertad sindical. El juez reconoció la legitimidad de la demanda y optó por la medida cautelar mientras se tramita la causa de fondo.

El Ministerio de Capital Humano informó que apelará la decisión y aseguró que se “agotarán todas las instancias judiciales necesarias” para garantizar la vigencia de la ley como “expresión inequívoca de la voluntad legislativa y mandato de la actual gestión de gobierno”.

El ministerio rechazó lo que calificó como intentos de ciertos sectores de “obstaculizar reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento”. La medida de este lunes se convierte en una de las más importantes resoluciones cautelares contra la reforma laboral, que ya había recibido otros fallos desfavorables en distintos fueros locales.

La reforma laboral fue aprobada el 27 de febrero por el Congreso y promulgada pocos días después, en un contexto de huelgas, movilizaciones y protestas sindicales convocadas por la CGT y otras organizaciones.

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