El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisibleel recurso de nulidad y amparo cautelar, en la demanda contra la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre). 

La Sala Político Administrativa argumentó que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo de nulidad y amparo cautelar contra el instructivo de la Onapre porque la parte demandante “incumplió los extremos de ley, al no acompañar al libelo, con original o copia del presunto acto administrativo, como documento fundamental de toda demanda, entre otras deficiencias, lo que conllevó a la inadmisibilidad de la pretensión”.

Asimismo, el TSJ manifestó que hay una “estrecha vinculación entre el asunto que subyace a la presente demanda y la matriz comunicacional que se ha venido creando en los últimos meses, pretendiendo imputar a la ONAPRE y, en fin, al Estado venezolano, un acto cuya existencia no ha sido demostrada y, por ende, mucho menos su autoría, con lo cual, a pesar de su inexistencia, se ha utilizado para generar malestar en ciertos sectores de la colectividad, crear conflicto social y atentar contra valores y principios cardinales previstos en nuestro orden constitucional”.

Ante ello, el Tribunal pidió que haya “investigación por parte de las instituciones competentes, incluso, determinar la posible existencia de forjamiento y otros ilícitos, tanto en el presente como en otros asuntos vinculados; caso en el que se deben determinar las posibles responsabilidades a que hubiere lugar (penal, disciplinaría, administrativa y/o civil).”

Además, el TSJ impuso una multa en contra de la parte demandante.

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