Inicio CARTEL UNICO DE NOTIFICACION:RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

    CARTEL UNICO DE NOTIFICACION:RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

    3
    por ROXIBEL BATTIOS
    Publicado: 10 julio, 2026 (8 horas atrás)

    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

     PODER JUDICIAL

    Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz

    Puerto Ordaz, nueve (09) de julio de 2026

    Años: 216° y 167°

    ASUNTO PRINCIPAL       :FP11-J-2026-000951

    ASUNTO                             :FP11-J-2026-000951

    CARTEL UNICO DE NOTIFICACION

    Se le hace saber:

              Que con motivo de la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana ROXIBEL JAKHELINE BARRIOS WELLS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24. 411.123, debidamente asistida por la abogada AURISNEL CLISANCHEZ, Defensora Publica en materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de Puerto Ordaz, a beneficio del niño (identidad omitida en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), mediante la cual solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, por ante este Tribunal se ha acordado la Publicación del presente CARTEL conforme al Artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a toda persona que tenga interés directo y manifiesto en la presente solicitud y puedan verse afectados sus derechos en la misma, a fin de que comparezcan a la Audiencia Preliminar, para formular sus oposiciones y defensas que ha bien tengan, en la referida audiencia, y que la Audiencia se procederá a fijar una vez conste en auto la notificación del Fiscal del Ministerio Publico, y la constancia efectuada por el secretario en el presente juicio

              El presente cartel deberá ser publicado en un diario de circulación nacional y/o local, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 516 en concordancia con el artículo 461 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

     

      ABG. PERLA CALOJERO MUÑOZ

    Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de 

    Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio

    ¡Síguenos en nuestras redes sociales y descargar la app!

    Facebook X Instagram WhatsApp Telegram Google Play Store

     

    Enable Notifications OK No thanks