Caracas.- En la Gaceta Oficial número 41.891 de fecha 01 de junio, el Ministerio del Poder Popular para la Salud publicó Normativa Sanitaria de Responsabilidad Social ante pandemia por Covid-19, que establece una serie de medidas con el propósito de mitigar y erradicar los contagios del virus dentro del territorio nacional.
La resolución establece que todo ciudadano o ciudadana, cumplirá y hará cumplir las siguientes normas sanitarias:
- Generar mecanismos de protección personal, familiar y social para cortar la cadena de contagio de la pandemia del Covid-19.
- Acatar las normas epidemiológicas que dicte el Ministerio del Poder Popular para la Salud para preservar nuestras vidas.
- Reportar cualquier caso personal, familiar, o social con síntomas de salud asociados a al Covid.19, a los números 0800VIGILAN o 0800COVID19.
- Asistir al establecimiento de salud más cercano asociado al Área de Salud Integral Comunitaria (ASIC), en el caso de alguna eventualidad a efectos de recibir de manera gratuita la orientación y tratamiento
necesario. - Resguardar la población vulnerable, vale decir, los adultos mayores de 65 años, y las personas con enfermedades que comprometan su inmunidad, cardiópatas, hipertensos, diabéticos, portadores de
enfermedades respiratorias crónicas, entre otras; éstos tendrán el cuidado y protección especial del Estado venezolano permaneciendo en cuarentena, bajo las condiciones de flexibilización especial que se
instruyan.
Las medidas son de cumplimiento de todas las personas públicas o privadas, como nuevo hábito social, en el marco de una conciencia y cultura epidemiológica, activa de la sociedad.
La normativa para consolidar este hábito social común establece una regulación sanitaria de inexorable cumplimiento que contempla:
- Uso obligatorio de la mascarilla: La misma debe cubir la nariz y boca, debe ser usada obligatoriamente fuera de su sitio de residencia, población general puede usar mascarillas de tela reutilizables, las mismas deben ser lavadas y planchadas diariamente; el personal de salud, expuesto directamente a pacientes sospechosos y confirmados con Covid-19, deben utilizar siempre mascarillas desechables N95; se debe evitar r colocar la mascarilla en superficies que pudiesen estar contaminadas.
- Lavado de las manos e higiene corporal: Toda la población debe efectuar un lavado frecuente de las manos con agua y jabón utilizando la técnica adecuada, antes de salir de la casa,
al llegar al trabajo o destino, antes y después de comer y de utilizar el sanitario, antes de regresar a la casa y al llegar a la misma, así como después de toser, estornudar y tocar superficies potencialmente
contaminadas.
Ante la ausencia de agua y jabón, se recomienda la utilización de soluciones o geles con alcohol al 70%.
También el nuevo esquema de responsabilidad social para la protección epidemiológica, insta a fortalecer las técnicas de prevención de las enfermedades trasmitidas por vía respiratoria bajo la adopción de estas dinámicas:
- Toser o estornudar con pañuelos desechables o en la cara interna del codo.
- Distanciamiento social de al menos 1,5 metros en las calles, el transporte público donde sea posible, en los puestos de trabajo y en las reuniones. Evitar hacinamiento.
- Evitar reuniones superiores a 10 personas, en todo caso con distanciamiento mínimo de 1,5 metros entre los asistentes.
- Evitar el contacto físico en el saludo, particularmente besos, abrazos y dando la mano. Aprender y practicar nuevas formas de saludo sin contacto físico.
- Evitar llevarse las manos a la cara, ojos, nariz, boca, sin lavarlas previamente.
- Evitar actividades en espacios cerrados sin ventilación.
- En las viviendas personales, así como en los puestos de trabajo o actividades que requieran la pernocta de los participantes, se debe evitar el uso de habitaciones sin ventilación y el hacinamiento.
- De la misma forma deben limpiarse periódicamente instrumentos de trabajo de uso colectivo.
También exige optimizar el alcance de las medidas de higiene y por ello insta a evitar compartir utensilios de uso personal, vasos, platos, cubiertos, toallas, entre otros.
Se debe adoptar el hábito de cambio de la vestimenta al ingresar a los hogares y previo al contacto con familiares o residentes de nuestras viviendas, así como la desinfección del calzado.
También establece que se debe evitar la mezcla del hipoclorito y alcohol ya que puede generar cloroformo, el cual es tóxico para la salud.
c. En caso de cualquier síntoma de enfermedad o afectación de salud:
- Todos los ciudadanos y ciudadanas deben evitar salir de la residencia si hay síntomas de enfermedad respiratoria, fiebre, tos, malestar general, estornudos frecuentes.
- Cualquier caso de afectación de salud, de nuestros abuelos o abuelas, o adultos mayores en general, debe ser reportado al 0800VIGILAN o al 0800COVID19 o al consultorio popular del ASIC más cercano a su domicilio.
- En el caso de que los síntomas de gripe se mantengan por más de 3 días o se incrementen o agraven con síntomas como fiebre no controlada, dificultad para respirar, dolor en el pecho, decaimiento extremo o pérdida del olfato o gusto, se debe reportar al 0800VIGILAN o al 0800COVID19 o al Consultorio Popular del ASIC más cercano a efectos de tener la debida y oportuna atención médica inmediata.
d. Las condiciones de higiene de los espacios físicos de contacto:
- Las unidades prestadoras de servicios, públicas y privadas: de salud, comerciales, transporte y trabajo, así como cualquier otra que se autorice su actividad en el marco de la pandemia Covid-19, deberá garantizar las condiciones sanitarias y de higiene que norme la Comisión Presidencial para el Control y la Prevención de la Covid-19, en el más estricto apego a los parámetros epidemiológicos del Ministerio del Poder Popular de Salud, órgano rector en la materia.
- Las autoridades municipales, así como los entes reguladores nacionales de las actividades y establecimiento autorizados para iniciar actividades, serán responsables de la fiscalización del cumplimiento de las normas de higiene y cuidado epidemiológico.
- Los centros de salud, deberán efectuar limpieza periódica, en función de la normativa especial y conforme con las normas que dicte el Ministerio del Poder Popular de Salud, en función del tipo de actividad y la exposición del personal.
- Las unidades de trabajo que se autorice su operación, en las distintas fases que frente al Covid-19 decrete el Ejecutivo Nacional, deberán efectuar limpieza periódica de al menos dos (2) veces por jornada laboral, con agua y jabón o con soluciones de hipoclorito al 0,1%. Asimismo, en los centros de trabajo, cada persona debe tener su vaso o taza de uso individual, no ingerir líquidos directamente desde el envase primario que los contiene, botella o jarra, así como evitar compartir utensilios de uso personal, vasos, platos, cubiertos, toallas, entre otros.
- En los espacios de uso común, como mercados, automercados, farmacias, y otros expendios de productos de consumo masivo, así como en las unidades de transporte masivo como metros, trenes, autobuses, busetas y paradas de transporte, debe vigilarse especialmente el cumplimiento de las medidas de desinfección y distanciamiento social, conforme con las resoluciones específicas sobre la materia dicten los órganos con competencia en la materia. De no cumplirse estas medidas, las actividades no serán autorizadas para su funcionamiento.
- Los prestadores de servicios, públicas y privadas: de salud, comerciales, transporte y trabajo, así como cualquier otra que se autorice su actividad, deberán señalar en los ascensores si lo hubiere, el número de personas permitidas para guardar el distanciamiento social.
- Maximizar los mecanismos de despacho con cita previa concertada y pagos por mecanismos electrónicos para evitar los contactos físicos e intercambio de papeles, billetes, monedas.
- Reducir al máximo las reuniones presenciales e implementar las videoconferencias.
- La higiene o desinfección en los puestos de trabajo debe ser realizada con agua y jabón, hipoclorito al 0,1% o solución de alcohol al 70%.
La referida resolución además establece que se priorizará y mantendrá activa en cualquier fase de la emergencia nacional por la Covid.19, la vigilancia epidemiológica en aeropuertos, puertos y pasos fronterizos.
Así como medidas de prevención en el sistema público Nacional de salud, centros prestadores de servicios de salud privados, así como la normativa dirigida a los usuarios y usuarias del sector transporte en cada
una de sus modalidades ya sean de servicio públicos o privado.
VTV
¡Síguenos en nuestras redes sociales y descargar la app!