La Cámara de Comercio e Industrias del estado Bolívar realizó un análisis a la Reforma de la Ordenanza del Impuesto Sobre las Actividades Económicas (OISAE), la cual entró en vigencia el pasado 7 de julio de 2022, considerándose que revive las sanciones propias de sistemas autoritarios.
 
El presidente de la cámara centenaria, Degni Gómez, manifestó que se realizaron consideraciones técnicas y jurídicas donde se observan cambios sustanciales que afectan directamente al contribuyente y que además cambia los procesos en perjuicio del mismo.
 
“Estamos preocupados ante esta ley aplicada por el ejecutivo municipal y que además no fue consultada al pueblo, saltándose este paso importante que está contemplado en la Constitución y además la hubiera legitimado”.
 
El segundo vicepresidente, Julio Díaz, abogado y especialista tributario explicó que la declaración del ISAE es un acto de voluntad y de conocimiento que realiza el  contribuyente conforme a la ley. Esto en virtud, de que es el único que tiene la capacidad técnica inmediata, de auto-determinar su obligación tributaria y declararla en el ejercicio pleno de su derecho constitucional de libertad . 
 
“En tanto, la declaración del ISAE es un deber del sujeto obligado, como lo establece la OISAE, por tanto, la propuesta de una corrección inmediata en el marco de una figura de declaración sustitutiva expedida por la Administración es un intento de burlar el estado de Derecho y con él la garantía del debido proceso y el derecho a la defensa”, advirtió.
 
En la actualidad se reedita el artículo nº 51 de la OISAE (2009) derogada y se incorpora en el segundo parágrafo del artículo nº 17 de la reforma OISAE (2022), la posibilidad de que, en los casos que la declaración realizada por el contribuyente, difiera –a juicio del «funcionario»– de lo establecido en esta ordenanza: «El Servicio Autónomo Municipal de la Administración Tributaria o los funcionarios que esta designe procederá a la corrección inmediata».
 
El directivo gremial argumentó que la OISAE (2022) plantea la posibilidad de que el funcionario viole el debido proceso y el derecho a la defensa de los contribuyentes, al tiempo que probablemente estimulará las arbitrariedades con fines recaudatorios, lo cual –por cierto– puede configurar un delito penal conforme a lo establecido en Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra la  corrupción.
 
Otro aspecto importante a considerar fue el incremento de los aforos y en consecuencia el pago de ISAE de casi todas las actividades de los cada vez menos comerciantes formales.
 
Destacó que uno de los aspectos que incorpora esta ley es extender el plazo para presentar y pagar la declaración de ingresos brutos de 10 a 20 días y modifica el periodo de la licencia de actividades económicas para equipararlo al año civil. Por lo tanto, tendrá una vigencia desde su emisión hasta el 31 de diciembre de cada año, y deberá renovarse anualmente dentro del primer trimestre.
 
Díaz añadió que se adiciona a la figura de desacato, la omisión en la aplicación del tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Venezuela, por la venta de un bien o el cobro de un servicio, cuyo ilícito será sancionado con multa de dos Petros (2 PTRS.), y con cierre temporal del establecimiento respectivo de hasta cinco (5) días hábiles por tanto la reincidencia será penada con el doble de la sanción impuesta.
 
Explicó que la capacidad técnica para declarar el ISAE, es dada por un lado, como expresión del cumplimiento de otros deberes formales exigidos en las leyes tributarias, p.e., registros de operaciones contables en los libros oficiales y auxiliares de contabilidad y por el otro, del conocimiento de la base imponible de este impuesto, constituido por aquellos ingresos brutos gravables y efectivamente percibidos, los cuales no necesariamente tienen coincidencia con aquellos reportados en otras declaraciones de impuesto cuyo control y recaudación le corresponde a la Administración Tributaria Nacional: Impuesto Sobre la Renta, e Impuesto al Valor Agregado.
 
Díaz agregó que son muchas más las novedades que incorpora este instrumento legal, “la Cámara de Comercio e Industrias del estado Bolívar estará informando a sus agremiados acerca de las mismas”.
 
Por último, afirmó que desde este órgano colegiado se espera que este instrumento jurídico sea corregido a la brevedad, dado que en la Asamblea Nacional se está discutiendo la Ley de Armonización Tributaria.
 
 

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