El Concejo Municipal Angostura del Orinoco, recuerda la Ordenanza de Convivencia ciudadana y su número ordinario 138 publicada el 2 de marzo de 2021 donde queda prohibido incinerar residuos sin la debida permisología, contaminar el ambiente con quema de residuos vegetales entre otras cosas que contribuyan a la degradación y contaminación ambiental.

La cual establece que los ciudadanos y ciudadanas que incurren en esta faltas serán sancionados de acuerdo al artículo 99 de la ley de Convivencia Ciudadana, donde quedan determinados por categoría de infracción los rangos de multa para personas naturales, jurídicas, funcionarios o funcionarios públicas, aplicando para su determinación la fórmula de dos simetría de las penas conforme a la siguiente tabla:

Categoría de infracción    Persona natural  Persona Jurídica

Leve                                 0.50 a 1.00 Petro.  01-02 Petro.

Grave                               01-02 Petro.           03-04 Petro.

Muy grave                        03-04 Petro.           04-05 Petro.

Vecinos esperan que se activen los órganos correspondientes para evitar la contaminación por quema que sufren habitantes de Ciudad Bolívar.

Aunque la ordenanza en imagen no indica dónde la ciudadanía va a denunciar.

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