Madrid.- Al hablar de becarios, en el subconsciente de muchos aparecen dos conceptos: abuso y precariedad. La expectativa de alcanzar El Dorado de un contrato de trabajo es empleada por muchas empresas y Administraciones para aprovechar como fuerza laboral muy barata una figura pensada exclusivamente para el aprendizaje de los estudiantes. En algunos casos, incluso, se llega a recomendar no acabar la universidad o apuntarse a un máster para que el empleador pueda valiéndose de la beca como vínculo contractual. A día de hoy, son 400.000 los jóvenes que ejercen como becarios en nuestro país. Las viñetas de Forges, en las que tantas veces se vieron reflejados, muestra hasta qué punto esta realidad impregna la cultura laboral española.

Según el informe La experiencia de los becarios en la Unión Europea, de la Comisión Europea, siete de cada diez de estos jóvenes reconocen tener una carga laboral equivalente a la de los trabajadores con contrato. Y según la OCDE, España es el país europeo donde menos becarios reciben un salario suficiente para subsistir por sí mismos. Este verano, las empresas y universidades se han librado de incorporar las exigencias del futuro Estatuto del Becario propuesto por el Gobierno, ley que quedó en el tintero parlamentario tras el fin de la legislatura.

A falta de una ley que mejore su protección, son los tribunales quienes han frenado el abuso de los becarios. ¿Dónde está el límite entre lo que se considera enseñar dejando hacer y lo que se entiende que es utilizar a alguien como trabajador de forma encubierta? Para Iván López García de la Riva, socio de Abdón Pedrajas, la frontera entre lo legal y lo abusivo “es muy difusa”. La normativa exige que las funciones del becario tengan una indudable naturaleza formativa, pero su presencia en la empresa “implica necesariamente una cierta inserción en la organización y en su actividad productiva”.

Son varios los indicios que suelen emplearse para detectar el fraude. El primero, según el letrado, es que la empresa anteponga las obligaciones laborales a las universitarias. También la ausencia de tutor y de evaluación de la actividad desempeñada o por el estudiante. En este sentido falló el Tribunal Supremo en 2015, cuando determinó que la relación entre Caixabank y uno de sus becarios era laboral y no formativa. Según el tribunal, el joven realizaba tareas que eran ajenas a las que en un principio iba a desempeñar (cubrió la baja de un cajero del banco) y no contó con la supervisión de su tutor, que solo lo acompañó en el proceso inicial de formación (vinculada a labores tecnológicas).

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Eduardo Magaldi, responsable de la organización juvenil del sindicato UGT, asevera que la línea roja del abuso se sobrepasa con frecuencia. Así, en una beca curricular fruto de un convenio con las universidades, el empleador se sale de lo legal cuando el estudiante no desempeña las funciones que debería para adquirir la formación específica de su carrera y, en su lugar, realiza otras tareas complementarias, entre las que se incluye “el famoso cliché de traer cafés”.

En este sentido falló hace unos días un juzgado de Madrid, al condenar a la Universidad Carlos III por usar a una becaria del archivo general de la biblioteca para cubrir un puesto de trabajo. Cobraba 326 euros por 20 horas a la semana y asumía las mismas tareas que sus compañeros funcionarios. Además, la beca no tenía carácter formativo ni guardaba relación con sus estudios: ciencias Políticas y sociología. “No se puede ocultar bajo una pretendida práctica extracurricular una relación laboral encubierta con la que se ahorra el salario de un personal laboral o funcionario”, argumentó la juez que ordenó la readmisión de la joven como trabajadora, con un sueldo triplicado: 877 euros.

Un caso parecido al que resolvió el Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, que determinó, en 2015, que la relación de dos estudiantes con la tienda de juguetes Imaginarium no era una beca, sino de tipo laboral. Según el acuerdo con su entidad educativa, la actividad consistía en tareas de venta, ordenación y limpieza. El tribunal consideró que la formación que recibieron obedecía a las necesidades de la compañía y no a la formación de los jóvenes.

También es reciente la conversión en personal laboral indefinido de siete becarios del departamento de comunicación la Diputación de Valencia por parte de la Inspección de Trabajo. El organismo constató que no tenían programa formativo, ni tutor, ni estaban cursando unos estudios que justificaran la beca.

Según UGT, las becas en las que hay más fraude son en las extracurriculares (las que se realizan fuera del plan de estudios). En esos casos, se incurre en ilegalidad cuando se contrata al becario durante más de un año para realizar un trabajar estructural de la empresa, normalmente con la promesa de hacerle un contrato más adelante. En estos casos y en aquellos en los que se empuja al estudiante a matricularse en un posgrado, la fórmula correcta, remarca Magaldi, sería firmar un contrato en prácticas, la figura que el ordenamiento prevé para los recién licenciados.

Otro de los factores problemáticos es que nuestra legislación no prevé ninguna limitación en cuanto al número de becarios que puede tener una empresa en su plantilla. Algo que el sindicato considera “esencial” para acabar con la trampa de emplear estudiantes para cubrir puestos de trabajo. A todo esto, además, hay que sumar los perjuicios directos que esta relación fraudulenta causa a los jóvenes: la beca permite cotizar pero no da derecho a paro. Y, en el ámbito público, ese tiempo no computa como experiencia al presentarse a una oferta de empleo público.

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