El Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Idenna), informó los requisitos que debe cumplir la población a la hora de viajar con menores de edad.
Idenna explicó que si el niño, niña o adolescentes viaja con ambos padres, no necesita tramitar el permiso. Si viaja con un solo representante, con un tercero o solo, se deberá cumplir una serie de pasos, que varían si se moviliza fuera del país o en el interior.
Viajes en el interior del país
En ese sentido, indicó que si los viajes se realizan dentro del país, se deben realizar los trámites a través del Consejo de Protección de niños, niñas y adolescentes, o la Notaría Pública.
Los requisitos son original y copia del acta de nacimiento del niño, niña o adolescente. En caso de ser mayor de 9 años, también se debe presentar copia de la cédula de identidad.
El padre o madre que ejerza la Patria Potestad, deberá presentar copia de la cédula de identidad, copia de servicio público, constancia de residencia o de RIF que certifique como lugar de residencia el municipio en el que realiza el trámite.
Mientras que en casos de tutela o representación legal, el autorizante deberá presentar copia certificada de la decisión judicial que declare la Colocación familiar, tutela.
Viajes fuera de Venezuela
Si el menor de edad viaja con ambos padres, no requiere solicitar el permiso. Si viaja con uno de los representantes y el otro que debe dar la autorización esté ausente, se deberá acudir al Tribunal de Protección de niños, niñas y adolescentes.
Si el viaje se realiza solo o con un tercero, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Acudir al Consejo Protección de niños, niñas y adolescentes o a la Notaría Pública
- Presentar original y copia del acta de nacimiento del niño, niña o adolescente que realizará el viaje
- En caso de ser mayor de 9 años debe presentar copia de la Cédula de Identidad del niño, niña o adolescente
- Copia del pasaporte vigente del niño, niña o adolescente
- Copia de la Cédula de Identidad de padre y madre autorizante
De igual manera, el Idenna explica que en casos de privación de Patria Potestad o Ejercicio Unilateral de la Patria Potestad, debe presentar copia certificada de la sentencia judicial que la declare con una vigencia que no exceda de un periodo de tres meses.
Si el caso es de Tutela, debe presentar copia certificada de la decisión judicial. Mientras que si alguno de los padres está fallecido, se debe presentar el acta de defunción.
Por otra parte, si el niño, niña o adolescentes viaja con un tercero, debe presentar los siguientes recaudos:
- Consignar copia de la Cédula de Identidad y del pasaporte vigente del acompañante
- Foto tamaño carnet del niño, niña o adolescente y del acompañante
- Copia simple de los pasajes aéreos, terrestres o marítimos, con la indicación del itinerario completo, indicando destino, fechas de partida y retorno al país
- Copia simple de recibo de servicio público, o de constancia de residencia o RIF en el que certifique que reside en el municipio donde está realizando el trámite
Cabe destacar que cada uno de estos requisitos, se solicitan por la seguridad y el resguardo de los niños, niñas y adolescentes, especialmente en la época decembrina.
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