Ciudad Guayana. Comparándolo con los himnos nacionales de otros países, la letra del himno venezolano posee una gran extensión. Está integrado por el coro, el cual se repite, y por tres estrofas; todo eso constituido por versos de seis sílabas.

El 25 de mayo de cada año se celebra en Venezuela el Día del Himno Nacional, fecha en la que el presidente Guzmán Blanco decretó la canción Gloria al Bravo Pueblo como el Himno Nacional de la República de Venezuela.

El Himno Nacional surgió como parte de un canto emocional de una inspiración patriótica en el momento de los albores de la Independencia. Su letra y música fue compuesta por Vicente Salias y Juan José Landaeta, y según las reseñas históricas fue compuesta alrededor de 1810. Fue un 25 de mayo de 1881 cuando Guzmán Blanco decretó la canción como el Himno Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

En el decreto firmado no son mencionados los autores de la letra ni a su compositor, lo que causó opiniones encontradas en torno al tema. Por ello cuando fue publicado la partidura donde se señaló a Juan José Landaeta como el compositor de del Himno, mientras que el autor de la letra a revolucionario Vicente Salías.

Actualmente el Himno Nacional es interpretado en las instituciones educativas así como en los actos públicos y celebraciones conmemorativas donde se festeja u honra alguna acción o hecho ocurrido en la historia de Venezuela.

El Himno Nacional de Venezuela se escribió con 5 estrofas y un coro. Con el tiempo, se suprimieron 2 estrofas quedando tal y como se conserva hoy: 3 estrofas y coro.

A lo largo del tiempo ha sufrido tres modificaciones oficiales la primera en 1881, a cargo de Eduardo Calcaño; en 1911 se hizo una nueva edición oficial en conmemoración del centenario de la Independencia realizada por Salvador Llamozas; y en 1947 se realizó otra a cargo de Juan Bautista Plaza, que es la usada oficialmente en la actualidad.

Se ha dicho que la melodía ya era conocida como «La marsellesa venezolana» desde 1840. En los últimos años, algunas investigaciones han sugerido que el verdadero autor de la letra podría haber sido Andrés Bello, y que la música habría sido compuesta por Lino Gallardo. Sin embargo, esta teoría no ha podido ser comprobada del todo; aunque lo cierto es que tanto Juan José Landaeta como Lino Gallardo pertenecían a la «Escuela de Música de Caracas», actividad central del «Oratorio Arquidiocesano de Caracas», fundado por el Padre Sojo.2​

Letra

Coro

Gloria al bravo pueblo

que el yugo lanzó

la Ley respetando

la virtud y honor (bis)

 

I¡Abajo cadenas! (bis)

gritaba el señor (bis)

y el pobre en su choza

Libertad pidió:

a este santo nombre

tembló de pavor

el vil egoísmo

que otra vez triunfó.(bis)

 

II

Gritemos con brío (bis)

¡muera la opresión! (bis)

Compatriotas fieles,

la fuerza es la unión;

y desde el Empíreo

el Supremo Autor,

un sublime aliento

al pueblo infundió.(bis)

 

III

Unida con lazos (bis)

que el cielo formó (bis)

la América toda

existe en nación;

y si el despotismo

levanta la voz,

seguid el ejemplo

que Caracas dio.(bis)

 

Historia

Constituida la Sociedad Patriótica en Caracas a raíz de los sucesos del 19 de abril de 1810, sus miembros, durante una de sus reuniones, entusiasmados por el éxito de la primera canción patriótica («Caraqueños, otra época empieza»), con letra de Andrés Bello y música de Cayetano Carreño, sugirieron la proposición de que la Sociedad lanzara también una canción que estimulara el ánimo de médico y poeta Vicente Salias, improvisó allí mismo las primeras estrofas del Himno Nacional: Gloria al Bravo Pueblo.

Pasado el período de la Independencia, este canto siguió prendido en la mente del pueblo y se convirtió, por común aceptación, en la «canción nacional» aunque careciese de sanción oficial.

El manuscrito de su música más antiguo que se conoce data de mediados del siglo XIX, según el historiador José Antonio Calcaño, quien lo reproduce en su libro La ciudad y su música. En él no se menciona autor, pero figura como título lo siguiente: «Núm. 1.- Violín. Canción Nacional: Gloria al Bravo Pueblo. Paso redoblado».

En su número del 18 de abril de 1868, el periódico caraqueño El Federalista reprodujo la letra del Gloria al Bravo Pueblo. El mismo periódico, al reseñar el día 20 de abril de ese mismo año las fiestas con que fue conmemorado el día anterior en la capital el 58º aniversario del 19 de abril de 1810, mencionaba que «en los salones de la Universidad y en presencia de numeroso público, antes de los discursos, una «música marcial» ejecutó varias piezas, entre ellas el Himno Nacional».

Por encargo del Presidente Guzmán Blanco, el Dr. Eduardo Calcaño, valioso compositor y músico, cumplió idóneamente la tarea de fijar el texto musical del Himno, lo cual hizo conservando la brillantez marcial de la melodía, sin pretender alterarlo ni darle otra expresión.

El 25 de mayo de 1881, el Gloria al Bravo Pueblo quedó consagrado definitivamente como Himno Nacional de Venezuela, por medio de un decreto emitido por el entonces Presidente, Antonio Guzmán Blanco. Después de este decreto y de las publicaciones del Himno Nacional que se hicieron en 1883, se elaboró en 1911 una nueva edición oficial en conmemoración del centenario de la independencia, que fue encomendada a Salvador Llamozas.

En 1947, otra edición oficial fue confiada a Juan Bautista Plaza, «…quien -escribe José Antonio Calcaño- hizo una buena labor de revisión del texto y le suprimió una introducción que le habían añadido antes y que no tenía razón de ser…»

El artículo 13 de la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacionales del 17 de febrero de 1954 determina del modo siguiente los casos en que debe ser tocado el Himno Nacional:

«1º: Para tributar honores a la Bandera Nacional.

2º: Para rendir homenaje al Presidente de la República.

3º: En los actos oficiales de solemnidad.

4º: En los actos públicos que se lleven a efecto en los Estados Unidos y Territorios de la República para la conmemoración de las fechas históricas de la Patria, y en aquellos que determine el Reglamento de la presente Ley.

5º: En los casos que prevean otras leyes de la República».

En algunos actos de carácter cultural o cívico, el Himno, en vez de ser ejecutado musicalmente, es cantado por un conjunto coral. Las estaciones de radio y televisión deben reproducir el Himno Nacional a las 6 de la mañana, a las 12 del mediodía (en las fechas patrias) y a las 12 de la medianoche, así como en el primer minuto de su transmisión luego de iniciado el primer día del nuevo año. Ello por disposición de la Ley RESORTE.

Redacción SNPD

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