La Justicia de Venezuela condenó a ocho años de prisión a una médica por «homicidio culposo» de un recién nacido, producto de «violencia obstétrica», en el estado Falcón, informó el Ministerio Público (MP).

En una nota de prensa, la institución explicó que la madre del neonato acudió a un primer centro asistencial para un chequeo debido a «fuertes dolores durante su embarazo».

Tras evaluar su situación, los especialistas le «sugirieron trasladarse de inmediato al Hospital Dr. Rafael Calles Sierra», donde la atendió la doctora y la «sometieron a trabajo de parto durante 13 horas», período durante el que «se le aplicó una técnica» que «ocasiona múltiples efectos adversos» y, según el MP, está prohibida por organismos internacionales.

«Luego de varias horas de alumbramiento, en las que el neonato se mantuvo en el canal de parto, se decidió someter a la paciente a una cesárea. Una vez extraído el bebé, presentaba precarias condiciones médicas y daños neurológicos severos, por lo que lo ingresaron a la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales, donde falleció horas después», indicó la Fiscalía.

La institución señaló que la paciente se trasladó hasta el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) para denunciar el hecho y, tras «investigaciones y diligencias pertinentes», se determinó que el «recién nacido murió producto del daño irreversible causado por la aplicación de la técnica».

Durante el juicio, la Fiscalía de Falcón ratificó la acusación en contra la médica por la «comisión de homicidio culposo a título de culpa consciente y violencia obstétrica», agregó la institución. 

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