El director de Aula Abierta, David Gómez, y la directora de Acceso a la Justicia, Laura Louza, coincidieron en que si el instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre) es «inexistente», tal y como lo asevera el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), entonces la Onapre estaría actuando de hecho.

«El TSJ está diciendo que la Onapre está actuando sin un sustento jurídico. Es grave violar los contratos colectivos, pero es más grave que la Onapre baje un instructivo porque se le dio la gana. Están reconociendo que hay una vía de hecho», aseguró Laura Louza para Nueva Prensa Digital.

Actuar de hecho se refiere a la acción de la administración sin competencia o prescindiendo del procedimiento legalmente establecido. En este caso el Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisibles los recursos de nulidad contra el instructivo, bajo el alegato de la inexistencia del mismo.

Sin embargo, las modificaciones de las tablas salariales es una realidad para el trabajador público venezolano. Las universidades recibieron la orden de alterar las llamadas maquetas. Las primas por profesionalización fueron modificadas, ignorando la progresividad de los empleados, al igual que las primas por antigüedad.

Si un trabajador universitario tiene 30 años de servicio debe recibir, según lo establecido en los convenios colectivos, 60% del salario tabla. Hoy, y gracias a la imposición del Ministerio de Educación Superior y la Onapre, este profesor solo recibirá un 30% de salario tabla, es decir: les pusieron un tope de 30%.

“No solo la Onapre actuaría de hecho, sino también Ministerio de Educación Superior al exigir a las universidades que se realicen los pagos de nómina en base a lo establecido en el instructivo. Las universidades que ignoraron este instructivo, que el TSJ ya dijo que no existe, y enviaron sus maquetas se las devolvieron”, expresó el director de Aula Abierta, David Gómez, para Nueva Prensa Digital.

Multa: el contraataque del TSJ

El máximo órgano encargado de impartir justicia en el país, el Tribunal Supremo de Justicia, además de la declaración de inadmisibilidad del recurso de nulidad, impuso una multa a los demandantes.

“Se impone multa a cada uno de los accionantes y a sus representantes en el presente asunto por cincuenta (50) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela”, rezó la sentencia 00446 del TSJ, que además tiene fecha del 11 de agosto, pero se conoció el 3 de septiembre (lo cual le adjudica la irregularidad al proceso).

Tal y como se explicó al inicio, las universidades recibieron la orden de modificar las maquetas en base al documento denominado «Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas» (mejor conocido como instructivo Onapre).

Por este motivo la Universidad de los Andres (ULA), Universidad Central de Venezuela (UCV), Universidad de Carabobo (UC), Universidad de Oriente (UDO), Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (Unexpo) y la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (Upel), decidieron actuar en contra de la orden que vino desde la Oficina Nacional de Presupuesto.

«Se puede sancionar a los demandantes; sin embargo, en el caso concreto podría no estarse aplicando de forma fundamentada la sanción, pues la misma atiende a una supuesta “perturbación y el ejercicio abusivo de una acción judicial” por parte de los accionantes; no obstante, para el sector universitario es un hecho comprobado la existencia del instructivo y sus lineamientos», zanjó el director del Aula Abierta.

Instancias Internacionales

El TSJ declaró inadmisibles tres recursos en contra del instructivo en lo que va del mes. Los trabajadores del Ministerio de Educación fueron los primeros en tocar las puertas de la justicia venezolana para exigir sus derechos de progresividad, los cuales están establecidos en los contratos colectivos y la Constitución.

Luego un grupo de universidades y un grupo de trabajadores de la Universidad de Los Andes (ULA) hicieron lo mismo, pero el TSJ también los declaró inadmisibles.

Por lo tanto, el rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) declaró para Unión Radio que acudirán a las instancias internacionales internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Organización Internacional del Trabajo (OIT), luego de haber agotado las instancias locales.

El martes 6 de septiembre está convocada para todos los estados del país una marcha para protestar en contra del instructivo Onapre.

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