Caracas.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció este martes su aprobación a la normativa específica sobre la campaña y propaganda electoral, de cara a los comicios regionales y municipales del 21 de noviembre. 

Aunque se evidencia un adelanto en la campaña electoral por parte de las organizaciones políticas y candidatos, el documento recuerda que la campaña electoral inicia a las 6 de la mañana del 28 de octubre hasta las 12 de la noche del 18 de noviembre. 

Sobre las concentraciones y manifestaciones públicas, el CNE aclara que estarán sujetas a las disposiciones administrativas previstas para la lucha contra el Covid-19. 

En cuanto a la contratación de propaganda, el CNE recuerda que las organizaciones políticas podrán contratar la difusión a través de prestadores de servicio de TV pública y/o privada por señal abierta nacional o regional, durante un tiempo máximo de 3 minutos diarios -no acumulables- por prestador de servicio. 

Las mismas condiciones se aplican para los prestadores de servicio por suscripción y radiodifusión sonora, tanto nacional como regional, aunque esta última con un tiempo máximo de 4 minutos diarios no acumulables por prestador de servicio. 

Medios impresos

Candidatos y organizaciones políticas podrán contratar espacios para propaganda en periódicos de circulación nacional, regional o local hasta media página diaria en los medios impresos de tamaño estándar y hasta una página diaria no acumulable en tabloide. 

La mensajería de texto también podrá ser contratada para propaganda, a través de operadores de telecomunicaciones que ofrezcan esta facilidad. 

La propaganda electoral debe ser difundida con apego a las normas y principios establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

El CNE resalta que llevará un registro de las cuentas de redes sociales y sitios web oficiales, las cuales deberán ser suministrados por los candidatos y organizaciones políticas. 

Recuerda que la LOPRE define la campaña electoral como las actividades de carácter público desarrolladas por los candidatos, organizaciones con fines políticos y grupos de electores, que tengan como propósito captar, estimular o persuadir al electorado para que vote a favor de un candidato.

Este instrumento legal contiene las acciones permitidas y no permitidas a los distintos actores de la contienda electoral, así como los mecanismos de seguimiento, denuncia y averiguaciones sobre las faltas o violaciones a la normativa.

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