REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.
PUERTO ORDAZ, 09 DE JUNIO DEL 2025
AÑOS: 214° Y 165°
CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A todas aquellas personas que pudieren tener interés directo o manifiesto que se creyeren con derecho a intervenir en el proceso de interdicción Civil de la Ciudadana Gloria Valentina Maurtua de Echevarría, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 24.856.071, la cual fue propuesta por la Ciudadana Perla María del Rocío Echevarría Maurtua, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 24.855.919, ello de conformidad con el 393 y 395 del Código Civil, este Tribunal en atención al artículo 415 del Código Civil, informa que en fecha 09/06/2025 se decretó la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la Ciudadana Gloria Valentina Maurtua de Echevarría, anteriormente identificada, nombrando a tal efecto como TUTOR INTERINO, a la Ciudadana Perla María del Rocío Echevarría Maurtua, antes identificada. Asimismo, se hace saber que el presente cartel será publicado por una (01) sola vez en el Diario de circulación regional «NUEVA PRENSA DE GUAYANA»
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ
NAYRA ELENA SILVA GARCIA
Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar
EXP 45.340
NESG/JAAR/MC
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