El Poder Electoral, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 293, ordinal 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, informa a la colectividad que se mantiene en funcionamiento permanente el Registro Civil para la presentación de solicitudes de inscripciones de nacimientos y defunciones, bajo estrictas medidas de bioseguridad para prevenir la COVID-19.
En las semanas de flexibilización, se atiende al público de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 8 de la mañana y las 2 de la tarde, para el registro de nacimientos y defunciones, así como matrimonios y uniones estables de hecho y entrega de copias certificadas.
Entretanto, durante las semanas de cuarentena radical, únicamente se atienden solicitudes de inscripción de nacimientos y defunciones, en el horario de 8 de la mañana a 1 de la tarde.
Es importante señalar que durante los fines de semana, el Consejo Nacional Electoral también dispone de unidades de registro de guardia, para la debida atención de las defunciones que sucedan entre el viernes en la tarde y el amanecer del lunes.
VTV
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